Insultar en redes sociales podrás ser castigado con penas de cárcel

El Gobierno prevé emprender la reforma del Código Penal que incluye fuertes multas e inclusive penas de cárcel por delitos de disculpas a la crueldad y también injurias mediante las comunidades. Las multas y sanciones por este género de formas de proceder ahora están agarradas en la legislación vigente.

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Las comunidades y los medios digitales se usan para ejercer el derecho a la libre expresión, y también supone que un individuo tiene la aptitud de expresar y dar a conocer sus pensamientos, ideas y críticas de manera facultativa. No obstante, la independencia que da el anonimato en las comunidades y la sencillez de expresión de las ideas, dejan en ciertos casos formas de proceder ilegales que vulneran el derecho al honor, a la privacidad ahora la imagen del resto.

En este sentido, vamos a pasar a referirnos a los primordiales delitos y actuaciones ilegales que se tienen la posibilidad de cometer por medio de las comunidades y que vulneran, más que nada, el derecho primordial al honor, a la privacidad y a la privacidad de nuestra imagen. .

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Muchas personas llega a la oficina haciéndose esta pregunta… “Pero yo solo comenté (en Fb, Twitter,…) En este momento me lo niegan por insultos en las comunidades. ¿Es suficientemente serio para ello?

ÍNDICE DE CONTENIDOS:

  1. No todo vale…
  2. “No será tan malo…”
  3. Que puedo acusar el de?
  4. ¿Y en este momento que hago si me culpan?
  5. ¿Qué sucede si soy víctima de un delito por insultos en comunidades?
  6. Si pienso que se está cometiendo un delito, ¿es lo único que puedo llevar a cabo?
  7. Redactar en mi viejo muro de Fb es un delito…
  8. Secuelas legales de los insultos en las Redes Sociales.

¿QUÉ SIGNIFICA LA LEY CUANDO HABLA DE PUBLICIDAD?

Tiene relación en el momento en que semejantes delitos se cometan “a través de la prensa, la radiodifusión o por algún otro medio de afín efectividad” (prensa, televisión, radio, entre otros muchos, y se incluirían aquí los delitos de esta índole de este género). realizados en weblogs o páginas de Internet a los que, evidentemente, ingresa un número muy alto de personas, logrando aun tener secuelas).

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Y además de esto, en estas situaciones, «la persona física o jurídica que sea titular del medio de información a través del que se haya publicado la difamación o injuria» podría ser solidariamente responsable (es que, en caso de que sentencia, si la parte ofendida puede reclamar indefinidamente la compromiso civil derivada del delito contra alguno de las partes).

En el derecho moderno, esta oportunidad la da la famosa institución la teoría de la imprevisión

Según la última enseñanza del Tribunal Supremo en relación a la cláusula rebus sic stantibus o «Teoría de Falta de Previsión», sería admisible una demanda por la rescisión de un contrato suscrito antes de la declaración de pandemia por la parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que se estima se cumpla a lo largo de la vigencia de esa declaración, siempre y cuando resulte posible . probar que, gracias a la pandemia, el cumplimiento del contrato para entre las partes se volvió desmesuradamente costoso o que se acepta que hay un peligro impredecible de arresto en el instante de la firma del contrato.

Para esto, hay que sopesar la información libre en los medios y las afirmaciones de las autoridades sanitarias en el instante de la celebración del contrato, lo que va a dar rincón a otra cuestión relacionada: la compromiso del patrón que podría ser allí. del Estado o de las autoridades sanitarias por los daños personales y/o materiales sufridos por la pandemia.

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